ADECES (Asociación pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales) considera que la legislación mercantil española actual fomenta el crecimiento de la economía sumergida, para evitarlo, solicita la modificación de la misma, promoviendo la prescripción de las deudas llegado un cierto plazo.
La imprescriptibilidad de las deudas es una norma indiscutible en casi todos los tiempos y países, como también lo es el axioma de que las deudas hay que pagarlas.
Sin embargo, en las circunstancias actuales por las que atraviesan millones de personas en multitud de países, en general, y España, en particular, los daños derivados de la no prescripción de las deudas son muy superiores a sus beneficios.
Durante esta etapa, los españoles, con mucho sacrificio, hemos ayudado a las entidades financieras a superar su crisis, incluyendo la generada por la morosidad de particulares y empresas. Pero, ha llegado el momento de que ellos también aporten a la economía nacional ahora que están recuperando su nivel de beneficios; una parte de los cuales, por cierto, es fruto de la recuperación de los créditos ya provisionados y cuyo recobro pasa directamente a su cuenta de resultados. No es creíble que esos beneficios emanen, principalmente, de la mejora de la gestión.
En estos tiempos, las entidades financieras han utilizado todos los medios que tenían a su alcance para recuperar o para asegurar el cobro de los créditos morosos. Han solicitado embargos, han impulsado desahucios, han pedido intervenciones de cuentas, etc…. En definitiva, han tratado de cobrar las deudas por todos los medios que la ley permite, ajenas al coste social y económico.
A estas alturas se puede decir, casi con toda certeza, que el que no ha pagado es porque no ha podido.
En este momento mantener intactos los derechos de los acreedores frente a los deudores significa crear un caldo de cultivo que fomentará el crecimiento de la economía sumergida.
¿Creemos acaso que un empresario o trabajador van a permitir que el 90% de sus futuros ingresos, en el caso de los empresarios hasta el 100%, les sea arrebatado por una deuda, cuyo intento de pago en los últimos años les ha arruinado? ¿Creemos que no van a intentar defender sus ingresos futuros?
La imprescriptibilidad de las deudas fomenta que se creen sociedades pantalla, o que parte de los ingresos se realicen a través de formas opacas, con la consiguiente repercusión en la menor recaudación de impuestos. Así pues, todos los ciudadanos estamos perjudicados por el crecimiento de la economía sumergida.
Además, la imprescriptibilidad también opera en contra de los acuerdos voluntarios de quita o espera, ya que el acreedor sabe que la parte no cobrada permanece como deuda. La prescripción de las deudas actuaría entonces como un catalizador para que acreedores y deudores llegarán a acuerdos, posibilitando que el deudor no se sumergiese.
En este contexto conviene recordar que la información que se proporciona a la Agencia Tributaria es una de las vías de información más solicitada por los acreedores para cazar a los deudores.
Si se quiere que la economía sumergida no siga creciendo hay que buscar una forma para no empujar a los deudores a acudir y refugiarse en ella.
Desde ADECES consideramos, que si los acreedores no han sido capaces de encontrar bienes para cobrarse una deuda vencida desde hace cinco años, en la mayoría de los casos será porque dichos bienes no existen, por tanto debe quedar prescrita o negociarse una quita sobre ella.
La situación actual ha venido en parte producida por el desastre de la recaudación. Si se hubiera dispuesto de los 60.000 ó 70.000 millones de euros al año que hubiera generado una reducción de la economía sumergida del 10%, los sacrificios hubieran sido muy inferiores.
¿Qué ocurriría si lejos de reducir la economía sumergida se crean condiciones para hacerla crecer entre un 5% y un 10%? ¿Qué pasará con la recaudación fiscal? ¡No podemos permitirnos ese lujo!, y menos cuando el sector financiero sabe que lo que no se cobra en los 3 ó 4 primeros años, es muy difícil de cobrar nunca.
En consecuencia, ADECES solicita que, las deudas prescriban a los cinco años desde su primer impago o en su defecto, deudores y acreedores se vean obligados a negociar una quita. La prescripción debe tener carácter retroactivo para intentar que ese colectivo de empresarios y trabajadores que han perdido la esperanza o que se están viendo obligados a refugiarse en la economía sumergida, vuelvan a la economía normalizada y contribuyan al crecimiento de las recaudaciones del Estado de forma significativa.