El Código Ético del Ministro de Economía: una de las pocas medidas posibles para paliar los desahucios

Hasta 50.000 familias , según estimaciones de ADECES, pueden verse beneficiadas por la puesta en marcha del Código Ético que promueve el Ministro de Economía para tratar de evitar los desahucios de familias con todos los miembros en paro o sin renta suficiente.

En noviembre del pasado año, ADECES, reclamaba a las entidades financieras una mayor flexibilidad, una mayor capacidad de adaptación al contexto, en relación con las deudas hipotecarias de sus clientes, buscando fórmulas adecuadas para afrontar las diferentes situaciones y cuantías de la deuda: dación en pago, aplazamientos, conversión al alquiler (dedicando parte del mismo al pago de intereses), son algunos de estos métodos.

Todas las entidades pudieron optar voluntariamente por arbitrar fórmulas de adaptación al contexto. De hecho, alguna, como el Banco Santander empleó una política comercial más flexible que la que hasta entonces se venía practicando; otros dijeron que también lo hacía, aunque nadie lo supiera.

Ahora, las cosas han cambiado ligeramente. Aunque el cumplimiento del Código tendrá carácter voluntario, como no puede ser de otra manera, su sola aprobación por decreto aboca a las entidades a sumarse a él o “retratarse” públicamente con el consiguiente coste de imagen.

Es posible que a muchos esta pseudo solución (que podrían haber adoptado voluntariamente las entidades) les parezca “un viaje para el que no se necesitan alforjas”, pero hay que convenir que 150.000 ejecuciones hipotecarias en 2011 son muchas y, en algunas concurren circunstancias personales y familiares que las convierten en un verdadero drama social. Por eso, algo había que hacer.

Para el futuro se podrá estudiar o no una revisión de la norma hipotecaria, es decir, establecer nuevas reglas si se quiere, y que los jugadores jueguen con ellas. Pero en este momento no hay muchas alternativas mejores para los que ya han firmado su hipoteca conforme a las reglas actuales, porque es impensable que el ejecutivo imponga la ruptura de las obligaciones nacidas de en un contrato, refrendado, por otra parte, con escritura pública. Esa ruptura, aparte de impensable, sembraría de minas la seguridad jurídica que el tráfico mercantil necesita con sus efectos en la esfera internacional.

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