29-09-2011 La
ampliación de derechos una herramienta para mejorar el mercado hipotecario y de
seguros
ADECES reclama a Economía que se elimine la obligación de notificar
previamente la baja del seguro
Solicita
al Banco de España que exija a las entidades que informen al cliente de
la evolución prevista de los tipos hipotecarios
ADECES
(Asociación pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales) considera que en el contexto
actual, la ampliación de derechos de los clientes es una herramienta para mejorar
el mercado hipotecario y de seguros. En concreto ADECES aboga por aumentar la
transparencia informativa en relación con las hipotecas para lo que solicita al
Banco de España que exija a las entidades que informen al cliente de la evolución
prevista de su tipo hipotecario, con una antelación de una semana sobre la fecha
de revisión del mismo. Por otra parte, ADECES reclama al Ministerio de Economía
que se reconozca el derecho del asegurado a rescindir su contrato de seguro en
cualquier momento antes del vencimiento, para lo que debe eliminarse la
obligación recogida en el Artículo 22 de la Ley de Contrato del
Seguro de notificar la baja con dos meses de antelación a la finalización
del contrato.
La
asociación entiende que este tipo de propuestas permiten que los clientes
aprovechen, en el caso de las hipotecas, sus capacidades financieras al máximo
y haya una mayor presión competitiva en el sector asegurador.
Mejorar
la información bancaria sobre hipotecas
La
asociación se ha dirigido en el día de hoy al Banco de España
para que requiera a las entidades que mejoren la transparencia informativa en
relación con sus clientes con hipotecas, informándoles de la evolución
estimada de los tipos hipotecarios con una semana de antelación sobre la
revisión de la hipoteca. Dicha estimación debe ir acompañada,
según ADECES de un gráfico que refleje la evolución de tipos
en los dos últimos años y en el que figure el previsto para la próxima
revisión.
El
objetivo de esta medida es que el cliente cuente con una herramienta informativa
que le permita aprovechar mejor sus capacidades financieras, recurriendo, si lo
considera oportuno a la amortización anticipada, aplicándola a plazos
o cuota según sea su situación, para mitigar los efectos que en
su caso se puedan derivar de los nuevos tipos.
Como
es sabido, la revisión del Euribor, tipo comúnmente aplicado a las
hipotecas, se efectúa con los tipos registrados en los últimos 30
días, con lo que las entidades pueden suministrar las previsiones de revisión
al cliente a través del extracto bancario o a través de las áreas
personales de la página web.
Eliminar
la obligación de notificar con antelación la rescisión del
contrato de seguro
El
Artículo 22 de la Ley de Contrato del Seguro establece que "las partes
pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación
escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación
a la conclusión del período del seguro en curso".
Bajo
este aparente equilibrio contractual (la norma dice "las partes") la
citada comunicación anticipada es un mecanismo lesivo para el usuario,
generalmente desconocedor de esta limitación que es difícil de recordar
en pólizas de vigencia anual.
El
precepto supone según ADECES, una restricción a la competencia y
un modo de proteger las ineficiencias del sector asegurador. ADECES entiende que
reglas de este tipo promueven renovaciones de hecho de las pólizas de seguro,
incluso de aquellas con las que el asegurado no se siente satisfecho, de ahí
que solicite su derogación.